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Ley No. 57-07

sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales

La Ley No. 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales tiene como objetivo promover el uso y desarrollo de fuentes de energía renovable en República Dominicana. Esta va dirigida a empresas e individuos que desarrollen proyectos dedicados a la producción de energía.

Aquí te explicamos de manera sencilla y puntual los aspectos más importantes de esta ley, en sus aspectos generales:

  • Fuentes de energía renovable: La ley se enfoca en fomentar el uso de fuentes de energía que sean renovables, es decir, aquellas que se obtienen de fuentes naturales inagotables o que se renuevan rápidamente, como la energía solar, eólica, hidráulica, biomasa, entre otras.

  • Generación y distribución de energía: La ley establece medidas para facilitar la generación y distribución de energía renovable. Esto incluye la creación de incentivos fiscales, tarifas especiales y condiciones favorables para la conexión de instalaciones de energía renovable a la red eléctrica.

  • Régimen especial: La ley establece un régimen especial para proyectos de energía renovable de pequeña escala, que se conocen como "régimen especial". Este régimen ofrece beneficios adicionales a los proyectos más pequeños, como simplificaciones administrativas y procedimientos acelerados.

  • Tarifas de conexión: La ley establece que las tarifas de conexión a la red eléctrica para los proyectos de energía renovable deben ser razonables y no discriminatorias. Esto significa que se deben establecer tarifas justas y equitativas, evitando cualquier trato desfavorable o preferencial.

  • Incentivos fiscales: La ley contempla incentivos fiscales para promover la inversión en proyectos de energía renovable. Estos incentivos pueden incluir exenciones o reducciones en impuestos, aranceles y tasas relacionadas con la importación, adquisición y uso de equipos y tecnologías necesarias para la generación de energía renovable.

 

Respecto a la energía solar fotovoltaica, ¿cuáles son los beneficios que aporta esta ley?

La Ley No. 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales en República Dominicana brinda una serie de beneficios específicos para la energía fotovoltaica. A continuación, te mencionaré algunos de los beneficios más relevantes:

Incentivos Fiscales

La ley establece una serie de incentivos fiscales para los proyectos de energía fotovoltaica. Estos pueden incluir exenciones o reducciones en impuestos, aranceles y tasas relacionadas con la importación, adquisición y uso de equipos (paneles fotovoltaicos, celdas solares individuales para ensamblar los paneles en el país, acumuladores estacionarios de larga duración, inversores y/o convertidores indispensables para el funcionamiento de los sistemas de energía renovables, Inversores sincrónicos para poder despachar a la red la energía sobrante en la medición neta) y tecnologías fotovoltaicas.

Tarifas Preferenciales

La ley establece que los proyectos de energía fotovoltaica pueden beneficiarse de tarifas especiales para la venta de energía generada a la red eléctrica. Estas tarifas suelen ser más favorables que las tarifas convencionales, lo que ayuda a mejorar la viabilidad económica de los proyectos solares.

Acceso a la Red Eléctrica

La ley garantiza el acceso a la red eléctrica para los proyectos de energía fotovoltaica, facilitando la conexión y la inyección de la energía generada a la red. Además, establece que las tarifas de conexión deben ser razonables y no discriminatorias.

Regímen Especial

La ley contempla un régimen especial para proyectos de energía renovable de pequeña escala, incluyendo los proyectos fotovoltaicos. Este régimen ofrece beneficios adicionales, como simplificaciones administrativas y procedimientos acelerados, lo que agiliza la implementación y puesta en marcha de los proyectos solares.

Venta de Exedentes de Energía

Los Autoproductores de Energía Renovable inscritos en el Régimen Especial podrán vender sus excedentes de energía, mediante redes privadas de conexión para consumidores finales o utilizando las infraestructuras para su venta al SENI.

Certificados de Energía Renovable CER

La ley establece la creación de Certificados de Energía Renovable (CER), los cuales pueden ser generados por los proyectos fotovoltaicos y vendidos a empresas que deseen compensar sus emisiones de carbono o cumplir con requisitos de energía renovable.

Estos beneficios de la Ley No. 57-07 proporcionan un marco legal y financiero favorable para el desarrollo de proyectos de energía fotovoltaica en República Dominicana. Esto impulsa la inversión en esta fuente de energía renovable, fomentando su crecimiento y contribuyendo a la transición hacia un sistema energético más sostenible y limpio.

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